No te la juegues con tu impuesto sobre el patrimonio

El del IRPF no es el único impuesto que debe pagarse el próximo 30 de junio. En determinados casos, cuando los bienes del contribuyente superan los 700.000€, entra en juego un tributo complementario solapado a este primero, el llamado impuesto sobre el patrimonio.

Las condiciones

La realidad es que tal carga ha suscitado mucha controversia durante los últimos años, llegando incluso a suspenderse temporalmente en 2008. Hoy en día, la legislación ha cambiado bastante y son las comunidades autónomas las que deciden si aplicarlo o no. En particular, Cantabria es una de las autonomías donde sí que se impone este impuesto, mientras que en otras como Madrid se le ha otorgado una bonificación del 100% (en caso de que el importe de los bienes y derechos del contribuyente supere los 2.000.000€ existe obligación de presentar el tributo, aunque la cuota sea negativa o cero).

El impuesto sobre el patrimonio afecta a todo el capital superior a 700.000 € (saldo bancario, acciones, joyas, vehículos particulares…), a excepción del valor de la vivienda habitual que empieza a tributarse a partir de los 300.000€. por cada contribuyente.

Asesoramiento imprescindible

Unas condiciones que, a priori, parecen sencillas de entender a la hora de llevar a cabo una contribución. El problema para el contribuyente es que normalmente entran en juego grandes cantidades de dinero y cualquier error en la declaración podría propiciar un requerimiento por parte de la administración tributaria competente provocando sanciones y recargos indeseados.

Ahí es donde aparece en escena la importancia de una asesoría fiscal. Y cual mejor que Gestisa S.A. para realizar su declaración del impuesto sobre el patrimonio. Nuestros profesionales se ocupan de cientos de patrimonios por ejercicio, obteniendo unos resultados muy satisfactorios que han convertido a nuestra asesoria fiscal en un referente en Cantabria.