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DEDUCCIÓN POR GASTOS DE GUARDERÍA EN CANTABRIA

Hoy, gracias a Pablo Gutiérrez Nieto, encargado del área fiscal y contable de Gestisa, os vamos a explicar todos los detalles sobre la deducción por gastos de guardería y la controversia fiscal en Cantabria.

Si tenéis alguna duda, no dudéis en contactar con nosotros a través del formulario de contacto de la web o pidiendo una cita por teléfono en cualquiera de nuestras oficinas en Santander o Torrelavega.

DEDUCCIÓN POR GASTOS DE GUARDERÍA Y CONTROVERSIA FISCAL

El pasado 21 de enero, el Tribunal Económico Administrativo Regional (T.E.A.R.) de Cantabria, estimaba el recurso de una madre en contra del criterio de la Agencia en relación a la relativamente reciente deducción por gastos de guardería, beneficio fiscal que, en teoría, había nacido con el objeto de complementar la deducción por maternidad (La aplicable por madres trabajadoras con hijos menores de 3 años). Esta deducción había nacido en 2018 siendo Cristóbal Montoro Ministro de Hacienda.

El Diario Montañés recogía la noticia el pasado 6 de febrero:

https://www.eldiariomontanes.es/economia/sentencia-respalda-deduccion-20210206210923-ntvo.html

En un principio, cuando se publicó la norma, parecía claro el objetivo que se buscaba: ayudar a las familias con madres trabajadoras que se veían obligadas a contratar los servicios de una guardería para poder compaginar sus obligaciones profesionales con las familiares.

La redacción no parecía tampoco dejar lugar a dudas:

“Haber satisfecho en el periodo impositivo gastos de custodia del hijo menor de 3 años en guarderías o centros de educación infantil autorizados

Sin embargo, aplicando un criterio muy restrictivo de la norma, La Agencia Tributaria interpretó que las guarderías que no tuvieran la consideración de centros de educación infantil autorizados, no cumplían con los requisitos de la norma, con lo que las cantidades pagadas por los padres a este tipo de centros, no servían para aplicarse el beneficio fiscal. Con ello, también ponían al sector en una difícil situación ante los padres.

En Cantabria,

Las guarderías pueden operar con una licencia municipal, sin necesidad de tener que cumplir con las exigencias de un centro de educación infantil autorizado. Por lo tanto, en la práctica, este criterio de Hacienda dejaba sin aplicación este beneficio fiscal en nuestra región.

Sólo cumplían este filtro Colegios cuyas aulas de 2 años obligatoriamente deben ser Centros Educativos autorizados y una minoría de guarderías. Por tanto, aunque parezca difícil de entender y absolutamente contradictorio, se dejaba a la inmensa mayoría de las guarderías de Cantabria fuera de la deducción estatal por gasto en guardería, al no tener la condición de Centro Educativo Autorizado, en los términos establecidos por la normativa autonómica.

Esta resolución del T.E.A.R. de Cantabria abre la puerta a que a partir de ahora se imponga la cordura y se acabe con una situación que afectaba a numerosas familias con hijos pequeños.

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