Una nueva forma de controlar tu IVA
La situación tecnológica actual permite la implantación de un nuevo Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA, mejorando así el control tributario y la asistencia al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones. Básicamente, consiste en el suministro electrónico de los registros de facturación integrantes en los Libros de Registro del IVA.
Condiciones favorables
- Tendrán que enviar el detalle de los registros de facturación en un plazo de cuatro días a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. No obstante, durante el primer semestre de vigencia del sistema, los contribuyentes tendrán un plazo extraordinario de envío que será de ocho días.
- Podrán contrastar la información de sus libros de registro con la información suministrada por sus clientes y proveedores.
En el supuesto de familias simplificadas, emitidas o recibidas, se podrán agrupar, siempre que cumplan determinados requisitos, y enviar los registros de facturación del correspondiente asiento resumen.
Las empresas con una facturación superior a seis millones, los grupos IVA y los inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA) serán los colectivos incluidos obligatoriamente en el SII ya que son sujetos pasivos cuya obligación de autoliquidar el IVA será mensual.
La entrada en vigor del sistema que se calcula que incidirá sobre unos 63.000 contribuyentes será el próximo 1 de Julio de 2017.
Un sistema con muchas ventajas
El nuevo SII incluye muchas novedades bastante favorables para el contribuyente. Estas son las más importantes:
- Información de calidad en un intervalo corto de tiempo.
- Obtención cómoda de los datos fiscales ya que el contribuyente dispondrá en la sede electrónica de AEAT de un Libro de Registro “declarado” y otro “contrastado”.
- Disminución de los requerimientos de información por parte de la AEAT.
- Modernización y estandarización de los Libros de Registro del IVA.
- Reducción de las obligaciones formales, suprimiendo la presentación de los modelos 347, 340 y 349.
- Reducción de los plazos de realización de las devoluciones.
- Ampliación del plazo de presentación e ingreso de autoliquidaciones periódicas del IVA
Desde Gestisa S.A. vemos con buenos ojos este nuevo sistema implantado, que tanto facilita el trabajo a los contribuyentes y esperamos que nuestros clientes puedan sacar gran partido de este.